Luis JiménezAbogado

Poder para Venezuela desde el exterior

Con un poder bien redactado, un abogado o un familiar puede vender, heredar, demandar o hacer gestiones por usted en Venezuela. Preparamos la minuta a la medida de su trámite para que el registro, la notaría o el banco no la rechacen.

  • Más de 12 años de ejercicio
  • 5,0 en Notaría Latina
  • Presupuesto por escrito en 24 h
  • Aviso de cada paso por WhatsApp
El abogado Luis Jiménez en su despacho

Cuándo lo necesita

Los casos más habituales

Vender o comprar un inmueble

Para disponer de un inmueble hace falta un poder especial que lo diga de forma expresa e identifique el bien.

Llevar un juicio

Divorcio, herencia, partición o cobro: el abogado necesita un poder judicial para representarle ante el tribunal.

Gestiones ante organismos y bancos

SAREN, SENIAT, registros, alcaldías y bancos exigen facultades concretas; un poder genérico suele quedarse corto.

Paso a paso

Cómo se hace sin viajar a Venezuela

  1. Cuenta qué necesita hacer. Así se define si el poder debe ser especial o general y qué facultades incluir.
  2. Recibe la minuta. El texto del poder, listo para firmar donde usted vive.
  3. Lo firma y lo apostilla. Ante el consulado venezolano o ante un notario local con apostilla.
  4. Se usa en Venezuela. Envía el original y, si el acto lo exige, se registra antes de actuar con él.

Cada caso es distinto. Los requisitos exactos se confirman al revisar sus documentos, antes de empezar y sin compromiso.

Qué necesita tener a mano

  • Cédula o pasaporte venezolano de quien otorga el poder
  • Nombre completo y cédula de la persona que será apoderada
  • Datos del asunto: documento de propiedad del inmueble, expediente o trámite que se va a hacer

Si le falta alguno, se le indica cómo conseguirlo.

Enviar mis documentos

Preguntas frecuentes

Lo que más se pregunta

¿Es mejor firmarlo en el consulado o ante un notario local?

Los dos caminos son válidos. El poder consular no necesita apostilla; el notarial sí. La elección suele depender de si hay citas consulares disponibles en su país.

¿El poder tiene fecha de vencimiento?

No vence por el paso del tiempo salvo que el propio poder lo diga, pero se extingue si usted lo revoca o si fallece alguna de las partes. Algunas oficinas piden además que sea reciente.

¿Puedo revocarlo después?

Sí. Usted puede revocar el poder en cualquier momento con un documento otorgado de la misma forma.

¿Sirve un poder general para vender mi casa?

Normalmente no basta. Para vender, hipotecar o donar se exige que el poder autorice ese acto de manera expresa.

Desde su país

Cómo se tramita desde donde usted vive

La forma de firmar y apostillar el poder cambia en cada país. Elija el suyo.

Retrato del abogado Luis Jiménez
Abg. Luis Jiménez Civil · Mercantil · Procesal

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